Consentimiento informado médico (general)
Consentimiento informado médico (general)
Resolución 1995 de 1999 (modificada por la Resolución 839 de 2017) — Historia clínica
Resolución 2654 de 2019 — Telemedicina y telesalud
Ley 23 de 1981 — Ética médica
1. Quién te atiende
Médico tratante: Dr. Javier Martínez — Cirujano plástico.
Sede: Consultorio en Bucaramanga, Colombia.
El equipo médico está debidamente registrado ante las autoridades sanitarias colombianas. Si quieres verificar nuestra habilitación, puedes solicitarnos la documentación correspondiente.
2. Modalidades de atención
Puedes recibir atención en:
- Consulta presencial en el Consultorio.
- Telemedicina y telesalud: videoconsulta, mensajería médica (WhatsApp) y seguimiento remoto, conforme a la Resolución 2654 de 2019.
En cualquier modalidad, el médico te identificará por su nombre y registro médico, y conservará la atención dentro de tu historia clínica.
3. Alcance del consentimiento general
Este documento autoriza la atención médica básica:
- Evaluación clínica, anamnesis y examen físico (presencial o remoto cuando aplique).
- Solicitud y revisión de exámenes diagnósticos.
- Prescripciones médicas.
- Seguimiento postoperatorio remoto.
- Comunicaciones clínicas vía los canales habilitados por el Consultorio.
Los procedimientos quirúrgicos, intervencionistas o de riesgo se firman aparte con un consentimiento informado específico por procedimiento, donde se detallan riesgos, alternativas y resultados esperados de cada intervención puntual.
4. Tus derechos como paciente
Tienes derecho a:
- Recibir información clara sobre tu diagnóstico, tratamiento, alternativas, riesgos y pronóstico, en lenguaje comprensible.
- Aceptar o rechazar procedimientos propuestos.
- Solicitar una segunda opinión médica.
- Revocar este consentimiento en cualquier momento, sin que afecte la atención de urgencia.
- Acceder y obtener copia de tu historia clínica (Resolución 1995/1999).
- Confidencialidad sobre toda la información clínica intercambiada.
5. Riesgos generales y limitaciones de la telemedicina
La telemedicina y telesalud son herramientas válidas pero tienen limitaciones:
- No reemplaza la exploración física presencial cuando esta es necesaria.
- En urgencias o emergencias debes acudir presencialmente o llamar a una línea de urgencias.
- La calidad de la atención remota depende de la información que aportes (fotos claras, descripción precisa, dispositivos adecuados).
El médico te indicará cuándo es indispensable una valoración presencial. Seguir esas indicaciones es parte del cuidado responsable de tu salud.
6. Custodia de tu historia clínica
Tu historia clínica, incluidos los consentimientos, se conserva por al menos 15 años desde la última atención conforme a la Resolución 1995 de 1999 (modificada por la Resolución 839 de 2017), con acceso restringido al equipo médico autorizado.
7. Autorización
Al firmar este documento, declaras que:
- Has recibido información comprensible sobre la atención médica que recibirás.
- Aceptas la atención por las modalidades descritas (presencial y/o telemedicina).
- Reconoces que los procedimientos específicos requerirán consentimientos adicionales.
- Has aceptado previamente la Autorización de tratamiento de datos personales (Habeas Data — Ley 1581).
La firma queda registrada con tu identidad, fecha, hora, dirección IP, dispositivo y hash SHA-256 del documento, conforme a la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012.